DEVOLUCIÓN DE LAS PERCEPCIONES DEL 35% PASO A PASO


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el procedimiento para solicitar la devolución la de las percepciones del 35% que rige desde el 16 de septiembre pasado a cuenta del Impuesto a las Ganancias y el Impuesto a los Bienes Personales por compras de moneda extranjera o consumos en dólares, previsto en la RG 4815.

Una vez que ingresan, eligen el período, en este caso el 2020:

Luego van a “Carga de Formulario”

Una vez ahí, hay que elegir el punto 4, “Agregar Retenciones/Percepciones/Pagos a Cuenta”, y hacemos clic en Pago a Cuenta – Resolución (AFIP) 4815/2020 y se abren las siguientes alternativas:

En cada opción, el sistema muestra las percepciones que estén en la base de AFIP, las cuales se puede validar a través de la “Carga automática”, y también está la alternativa de cargarlas manualmente si no están precargadas.

Cuando completamos todo, podemos revisar y presentar el formulario que será enviado al agente de retención. Y hay que tener en cuenta que el formulario queda en borrador, para enviarlo al agente de retención hay que hacer clic en “Enviar el Empleador”.

Pero no se apuren, para presentar el período fiscal 2020 hay tiempo hasta el 31 de marzo, es conveniente revisar toda la información cargar y más que recomendable asesorarse con un Contador. Tengan en cuenta que están presentado una Declaración Jurada.

Importante: Recuerden conservar los comprobantes de las percepciones, facturas, extractos de cuentas bancarias, resúmenes de tarjetas de crédito y tiques de transporte, entre otros, ya que la AFIP podría requerirlos.

Ante cualquier duda, nuestro e-mail: gananciasunsl@gmail.com, tel: 4520300, int: 5223.

Saludos cordiales, Dir. de Impuesto a las Ganancias.