DICIEMBRE 2019: Como es habitual, la información comunicada hasta el 15 de diciembre de 2019, es la que se tendrá en cuenta para la liquidación del referido mes
CIERRE 2019: Con plazo perentorio del 31 de marzo del 2019, se produce el vencimiento definitivo para que los empleados completen el F. web 572.
ENERO 2020: La AFIP habilitara a partir del 1º de enero para la confección del siradig.
Por el receso, no habrá importación en el mes de enero 2020, por lo que se extenderá hasta el 15 de febrero 2020.