Información complementaría para el pedido de la ‘no retención’ o ‘retención del 35%’. mediante nota. (Resolución General 4003-E/17 Art. 7 y 18)
1. La solicitud de (no retención / retención del 35%) se tramita indefectiblemente por Mesa de Entrada de Rectorado acompañada de otra dirigida a: Secretaría de Hacienda, Administración e Infraestructura, Dirección de Impuesto a las Ganancias.
2. Se tomaran como validas las notas que respeten el procedimiento administrativo solicitado (Enviadas al e-mail gananciasunsl@gmail.com y por Mesa de Entrada de Rectorado).
3. Para aquellos que soliciten la ‘no retención‘ deberán acompañar la nota de solicitud con una copia del sistema de cuentas tributarias extraídas de la cuenta personal de AFIP.
*Las notas de referencia deberán ser presentadas hasta el día 31 de Marzo del corriente año.
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